lunes, 26 de abril de 2010

Tipos de acogimiento.

En función de quién se hace cargo del cuidado del menor y de la duración del acogimiento, éste puede ser simple si no supera los dos años. Dentro de esta modalidad se distingue entre el acogimiento por familia extensa y el acogimiento en familia ajena, dependiendo de si existe vínculo familiar entre el menor y los acogedores. Tiene prioridad el primero porque evita la separación del menor de su entorno familiar. Otro tipo de acogimiento es el permanente, que puede durar años, incluso hasta que el niño alcance la mayoría de edad. Esta situación se produce cuando el regreso con sus padres biológicos se complica (problemas por adicciones, psicológicos, condenas en prisión largas, etc,...). El acogimiento residencial hace referencia a la situación de los menores cuando viven en pisos y centros institucionales. Otros tipos de acogimiento son el administrativo (cuando está supervisado por la administración -por ejemplo cuando los padres van a trabajar al extranjero durante un periodo determinado-) y el acogimiento de fines de semana y vacaciones, donde la familia recibe el nombre de familia colaboradora. Este tipo de acogimiento es el que se produce año tras año con la llegada de niños procedentes del Sahara y de ciudades como Chernobil.

El acogimiento especializado, por último, ofrece un ambiente familiar a niños con necesidades específicas de educación o con ciertas particularidades que requieren una atención más especializada (discapacidades físicas, psíquicas, sensoriales, trastornos de comportamiento, enfermos crónicos, etc,..)

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