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viernes, 18 de junio de 2010

Acogimiento.... aclaraciones.



¿Quién puede acoger a un menor?
Cualquier persona, soltera, divorciada con o sin hijos, o grupo familiar que desee participar en los programas que ponen en marcha las Comunidades Autónomas. La persona o familia que desee acoger a un menor debe presentar una solicitud en la correspondiente consejería de Bienestar Social o de Familia. A partir de ese momento, los responsables del área realizan un proceso de selección, formación y valoración para poder realizar con éxito el acogimiento.

¿Qué formación reciben las familias de acogida?
Estas familias experimentan, igual que el niño, una situación nueva a la que enfrentarse, de ahí que durante todo el tiempo que dura el acogimiento reciben apoyo técnico y una supervisión del proceso, sobre todo en los momentos más sensibles, como puede ser al inicio del acogimiento, las primeras visitas, las visitas a la familia biológica u otras eventualidades que se puedan dar a lo largo del acogimiento. Algunas CCAA ofrecen un curso de formación teórico-práctico sobre la propia figura del acogimiento.

¿Qué menores pueden acogerse a esta medida?
Todos los menores entre 0 y 18 años de edad que se encuentren en el sistema de protección, el acogimiento familiar es una manera de ayudar a algunos niños de nuestra Comunidad que viven situaciones difíciles en su familia.
Con el acogimiento se pretende encontrar una familia que proporcione a estos niños un ambiente adecuado a sus necesidades personales. A partir de los 18 años la persona en régimen de acogida puede elegir entre volver con su familia biológica o quedarse en el seno de la familia de acogida.

¿Qué ventajas tiene el acogimiento temporal de menores?
Las ventajas para un niño van desde la organización de las rutinas diarias propias de su edad, más flexible en un entorno familiar que en un centro residencial, hasta un mayor desarrollo de sus habilidades sociales. En un entorno familiar, el menor tiene un mayor contacto con la sociedad y con la comunidad que le rodea en su conjunto, una mayor participación en la toma de decisiones de un núcleo familiar, vive en un entorno psico-social una más cálido, se dan un mayor número de contactos espontáneos en las relaciones tanto familiares como amistosas, vecinales, etc. Asimismo, aprende a valorar el clima social y se apoya en su familia acogedora.

¿Qué desventajas tiene?
Las desventajas comienzan precisamente en el carácter de provisionalidad del acogimiento. En este sentido los especialistas reconocen que no se establecen relaciones paterno-filiales, se trata de una relación tutelar establecida por una Entidad Pública. Esta temporalidad puede provocar en el niño sentimientos de inseguridad y ansiedad, impidiendo en muchos casos que llegue a integrarse en el seno de su familia acogedora. También se puede provocar en el niño un conflicto entre su familia acogedora y su familia biológica, e, incluso, el acogimiento puede interferir en la relación del menor con su familia biológica.

¿Qué ocurre si el acogimiento temporal no funciona?
Cuando la relación entre el niño y la familia de acogida no funciona, ambos cuentan con asesoramiento de las instituciones que tratan de encauzar la relación. Si, a pesar de todo, no se puede mantener el acogimiento, el niño o niña vuelve al centro residencial en espera de otra familia de acogida.

¿El acogimiento es remunerado?
El acogimiento de un niño es un acto de generosidad y solidaridad. Para que la situación económica de la familia de acogida no se vea reducida, y para que todo tipo de familias (con más o menos recursos) puedan acceder al acogimiento, hay ayudas y compensaciones que cada autonomía gestiona y distribuye en función de las necesidades de la familia acogedora. Entre otras, se tienen en cuenta los gastos derivados de la especial atención sanitaria o educativa que pueda requerir el menor acogido.

Además de las familias, ¿qué otras posibilidades tienen los menores?
Los menores que no son acogidos por familias permanecen durante el tiempo necesario en centros residenciales tutelados por la administración autonómica. Éstos asumen la responsabilidad sobre el desarrollo integral del menor y deben garantizarle la adecuada satisfacción de sus necesidades biológicas, afectivas y sociales, en un ambiente de seguridad y protección. La atención residencial también cubre las necesidades básicas de los niños en atención sanitaria, necesidades materiales, escolarización, refuerzo y corrección del aprendizaje escolar y acceso a las necesidades propias de los niños de su edad. Durante la estancia en estos lugares, la administración trata de que el niño, en caso de corta edad pueda mantener durante el mayor tiempo posible una relación afectiva con su familia.

¿Hay un perfil de niño predispuesto al acogimiento familiar y otro al residencial?
Efectivamente, no todos los niños y adolescentes tienen las mismas características y necesidades, y por tanto, es importante ofrecerles soluciones diferentes. Los niños que mejor se adaptan a un entorno familiar temporal son los niños hasta 10 años o preadolescentes, siempre que no presenten problemas que requieran una atención especializada. Pueden acogerse a esta modalidad niños que ya han recibido tratamiento para solucionar sus problemas emocionales o que ya se encontraban en acogimiento antes de la adolescencia. También se apuesta por esta opción para niños que se prevé saldrán beneficiados de la experiencia, a pesar de las primeras dificultades para adaptarse a un entorno familiar, como menores con deficiencias o trastornos que con una ayuda especial pueden adaptarse a la familia. Sin embargo, el acogimiento familiar no es recomendable en el caso de adolescentes que tratan de emanciparse o niños cuyos vínculos con su familia de origen son tan grandes que les impiden adaptarse y responder de forma adecuada a su nuevo entorno. Tampoco es aconsejable para niños con determinadas minusvalías psíquicas que requieren un entorno educativo concreto ni para niños que necesitan un ambiente totalmente estructurado por problemas de conducta. Finalmente, no se recomienda en los casos en que los padres biológicos no acepten la relación con la familia de acogida, siempre que esta actitud pueda interferir en el buen desarrollo del acogimiento.

miércoles, 16 de junio de 2010

Centros o familias ... una alternativa

Entre 8.000 y 10.000 niños y adolescentes entran en acogimiento transitorio residencial o familiar cada año en nuestro país. Esta modalidad de tutela infantil es un mecanismo de protección social cuya finalidad consiste en proporcionar cobijo temporal en pisos, centros institucionales o en familias a los menores que, por diversas razones, no pueden convivir con la suya propia. El objetivo es que el niño o la niña se integren y participen plenamente en la vida de la familia de acogida, o que hagan una vida lo más normal posible cuando viven en residencias tuteladas. Esta figura de ayuda a los niños es un tránsito hacia medidas de protección definitivas, como volver a la familia de origen o acceder a otra familia en adopción, si bien como contempla la Ley de Protección Jurídica del Menor 1/1996, las medidas de acogimiento transitorio pueden plantearse con una perspectiva a medio o largo plazo. Esto significa que un menor puede permanecer en acogimiento transitorio durante meses o años.
En el 70-75% de los casos la medida protectora de acogimiento transitorio es de tipo residencial (centros de acogida, pisos tutelados, hogares funcionales, minirresidencias) y en el 25-30% es de tipo familiar (preadoptivo o no preadoptivo). Las principales razones que llevan al acogimiento transitorio de un menor son, en el 65-70% de los casos, la existencia de malos tratos, negligencias o abandono por parte de su familia; los comportamientos disruptivos o conductas infractoras, especialmente en adolescentes, suponen el 15-20%, y la incapacidad o imposibilidad permanente o temporal para su cuidado por parte de la familia el 10-15%. Respecto a las características socio-familiares de los menores que entran en acogimiento transitorio, entre el 50 y el 60% proceden de familias denominadas "de riesgo social"; entre el 25 y el 30% de familias con problemática de drogodependencia y/o alcoholismo; cerca del 15% viene de familias con problemática de salud mental, y alrededor del 40% de familias multiproblemáticas que combinan dos o más de las problemáticas anteriormente mencinadas.

martes, 27 de abril de 2010

¿Acogimiento?

El acogimiento es una figura por la que familias y personas se hacen cargo forma temporal de la crianza y educación de niños en situación de desamparo hasta que sus familias biológicas, con las que siguen manteniendo encuentros, puedan asumir estas tareas.

El acogimiento no rompe los vínculos con la familia biológica y no supone un paso previo para la adopción. Se trata de cuidar de un menor durante el tiempo en que su familia por diversas cuestiones -económicas, legales, salud, etc.- no pueden hacerse cargo de él.

lunes, 26 de abril de 2010

Tipos de acogimiento.

En función de quién se hace cargo del cuidado del menor y de la duración del acogimiento, éste puede ser simple si no supera los dos años. Dentro de esta modalidad se distingue entre el acogimiento por familia extensa y el acogimiento en familia ajena, dependiendo de si existe vínculo familiar entre el menor y los acogedores. Tiene prioridad el primero porque evita la separación del menor de su entorno familiar. Otro tipo de acogimiento es el permanente, que puede durar años, incluso hasta que el niño alcance la mayoría de edad. Esta situación se produce cuando el regreso con sus padres biológicos se complica (problemas por adicciones, psicológicos, condenas en prisión largas, etc,...). El acogimiento residencial hace referencia a la situación de los menores cuando viven en pisos y centros institucionales. Otros tipos de acogimiento son el administrativo (cuando está supervisado por la administración -por ejemplo cuando los padres van a trabajar al extranjero durante un periodo determinado-) y el acogimiento de fines de semana y vacaciones, donde la familia recibe el nombre de familia colaboradora. Este tipo de acogimiento es el que se produce año tras año con la llegada de niños procedentes del Sahara y de ciudades como Chernobil.

El acogimiento especializado, por último, ofrece un ambiente familiar a niños con necesidades específicas de educación o con ciertas particularidades que requieren una atención más especializada (discapacidades físicas, psíquicas, sensoriales, trastornos de comportamiento, enfermos crónicos, etc,..)

lunes, 22 de marzo de 2010

Protección del menor.

El sistema de protección a la infancia en la Comunidad de Madrid está integrado por diversas instituciones competentes en la atención a la infancia y a la familia que actúan desde diferentes ámbitos: sociales, educativos, sanitarios y judiciales.

El Instituto Madrileño del Menor y la Familia forma parte activa de dicho sistema al tener encomendadas las competencias que a la Comunidad de Madrid corresponden en materia de protección de menores.

martes, 2 de marzo de 2010

¿Protección?



Los Centros de Protección de Menores proporcionarán a los menores abandonados o que han sido separados temporalmente de sus familias, una alternativa de convivencia adecuada a sus necesidades, colocando al menor en un ambiente de desarrollo sustitutivo al de la propia familia que le proporcione seguridad, afecto y cobertura de sus necesidades como sujeto que se encuentra en una etapa clave de su crecimiento; proporcionándoles un medio que da una respuesta temporal a la situación de deprivación, que de una manera u otra, han sufrido y protegiéndoles. La situación de éstos menores desprotegidos es de especial vulnerabilidad e indefensión por varias razones: por su condición de menor; por las circunstancias que han vivido y les han dejado una huella (física y psicológica); porque las familias de las que provienen suelen tener pocos recursos económicos y personales o son familias desestructuradas por diferentes problemas (violencia, drogas, muerte, enfermedad...); o simplemente no quieren hacerse cargo del menor y lo abandonan.

Pero antes de que se tome la decisión de separar al menor de su familia natural o de la familia extensa (si existiera) se exige en primer lugar un trabajo en el propio contexto familiar. Para dar la oportunidad a ésos padres o familia de recibir la ayuda necesaria para superar esa situación y desarrollar sus competencias; ya sea mediante apoyo, formación y orientación profesional o bien a través de prestaciones materiales y económicas (aunque el dinero ayuda mucho, no lo es todo). Hay veces que la situación no mejora con las intervenciones familiares, y se hace preciso, en interés del menor, la separación del hogar familiar. Hay veces que éste trabajo familiar previo brilla por su ausencia desde las distintas instancias e instituciones pertinentes y provoca el internamiento de los menores, con las consecuencias emocionales y psicológicas que ésta situación y las que se produzcan como repercusión ocasionarán.

Los sentimientos experimentados por éstos chavales durante todo su internamiento son muy diferentes y complicados, incluso enfrentados: malestar, indefensión, soledad, miedo, desahogo, marginación, confianza, tranquilidad, liberación, seguridad, culpabilidad... Provocados por muchas razones: el procedimiento de separación familiar; los cambios de centro; la separación entre hermanos; la desinformación sobre su situación, su realidad y los cambios que se van produciendo; la falta de participación activa en su historia (los adultos son los que van tomando decisiones sobre su vida); el espacio de los centros; la inestabilidad de la plantilla de educadores; las normas y el tiempo estructurado de los centros ... ¡Son tantas las variables que actúan y que se deben tener en cuenta!.
Es preciso resaltar que todo va a depender de las circunstancias de cada uno de los menores: si tiene familia y ésta es recuperable; si está sólo; si ha sido maltratado; si tiene alguna alteración psicológica o del comportamiento... y miles de condicionantes más que dejan patente la complejidad en éste ámbito. Todo esto se une a la gran diversidad de menores que tienen que convivir en cada centro, hecho que complica la convivencia y la intervención.

Educar, en general, es una tarea muy difícil y complicada para la que nunca se siente uno suficientemente preparado. Hablamos de un “más difícil todavía” cuando tratamos de educar a niños y adolescentes con graves alteraciones y trastornos psicológicos y conductuales, producidas por las situaciones que han vivido y que están en un lugar, que en la mayoría de los casos no quieren estar. Muchos menores que llegan a los centros de protección son muy problemáticos, mucho más de lo que se puede reflejar en los documentales o en los manuales. El personal que desempeñamos labores en estos centros tenemos que reconocer la falta de medios y de recursos, pero no quedarnos ahí; porque a pesar de ser un trabajo duro, intenso y en ocasiones, bastante frustrante, está lleno de emotividad, empatía, paciencia, don de gentes, humanidad, afecto, lucha, implicación... todo ello necesario para que la atención educativa haga efecto. Esta particular impotencia la viven los equipos de educadores que intervienen con ellos. Todas estas personas, más allá de su carácter profesional, sufren muchas veces al encontrarse superados por la complejidad del problema; la indefinición del encargo de intervención; la falta de información; los escasos dispositivos de actuación eficaz; los continuos y sucesivos conflictos de convivencia que presentan estos niños o adolescentes difíciles. Impotencia, que también queda reflejada al caer en la cuenta de las numerosas posibilidades, alternativas, apoyos y oportunidades que se dan a algunas familias, y que éstas desaprovechan una y otra y otra vez. Mientras tanto, a éstos menores nadie les pregunta y siguen viviendo un internamiento indefinido, esperando a que sus padres, tíos, abuelos… mejoren su situación, dejen de consumir, se preocupen por ellos, no roben, no les peguen, les reclamen, se les lleven, les devuelvan, quieran hacerse cargo... haciendo que vivan en una realidad paralela, generando expectativas y sueños que no se realizarán, lamentablemente, en muchas ocasiones.

Pero a pesar de los baches, del duro trabajo, del desánimo, de la lucha, de la desesperación, de la tristeza... hay casos que tienen un final feliz y que posibilitan una reunificación familiar (cuando hay familia sana), o un acogimiento familiar, o una preparación para una vida adulta lo más “normalizada posible”. Y así el comienzo de una “nueva vida” llena de posibilidades en la que nunca se olvidarán de lo que han vivido y de la gente que les cuidó, les ayudó a crecer, les regañó, les paró, les animó, les contuvo, les dio cariño, les tendió la mano para levantarse, les enseñó... “Nueva vida”, que para evitar posibles limitaciones o problemas, necesita de un andamiaje a posteriori, de un apoyo; necesita de la supervisión y ayuda de los profesionales. Van a comenzar a caminar y hay que estar pendientes y evitar que se caigan.